Saturday, 3 September 2016

Actos 137






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Actos de comercio El Presente Trabajo Desarrolla el tema de los Actos de comercio, en el cual sea nn Muestra su origen, su evolucin un travs del tiempo y las doctrinas Diferentes Que tratan Este tema, y ​​su situacin real. En Primer trmino en el Captulo Primero desarrollamos el tema referido al comercio y Los Comerciantes en general. El Comercio es en nuestro de Trabajo Una Actividad desarrollada por los hombres con la Finalidad de bienes Obtener Aquellos Que por su naturaleza no hay Podemos Producir TODOS Y Que Tiene Como Finalidad La mediacin Entre los Productores y Los Consumidores, sin Siendo Necesaria La Finalidad lucrativa. Personas Y Los Comerciantes hijo Aquellas Individuales o colectivas Que Tienen la s capacidad reconocida para ejercer ESTOS Actos, Que Lo ejercen Como una profesin, de Manera habitual y asumiendo las responsabilidades Que generan SUS Relaciones Públicas SUS Clientes, o mar, en nombre propio. En el Captulo Segundo tratamos el tema de los Aspectos doctrinales del acto de comercio, Entre Los que se encuentran las opiniones de los Juristas en relacin al tema, Como Rocco, Martínez Val, Bolaffio, Ripert, etc. Quienes Presentan Conceptos A Veces Diferentes y : por ello es Que no Se ha Llegado una ONU Concepto uniforme del acto de comercio. Adems, se mencionan los Antecedentes de los Sistemas Objetivos y subjetivos del acto de comercio, hijo Que El cdigo de comercio francos de 1807 y el cdigo Alemn de 1897. En el Captulo tercero Hablaremos about La clasificacin de los Actos de comercio DEBEMOS Decir Que Este tema es algo complicado ya Que no hay un Acuerdo general about qu Actos Deben considerarse Comerciales, por Lo Que HEMOS Decidido exponer los Puntos de vista de autores argentinos, chilenos, colombianos, espaoles y peruanos y con Ello Tratar de Llegar a Acuerdo de la ONU Acerca de la Divisin de ESTOS Actos. En el Captulo Cuarto desarrollamos about La legislacin Sobre los Actos de Comercio. En Primer trmino hacemos Mencin el Cdigo de Comercio, En El Cual mencionamos el Cdigo de Comercio de 1902 y Las Tendencias Hacia la unificacin Entre el Cdigo de Comercio y el Cdigo Civil. LUEGO hacemos Una amplia ¿Referencia del Cdigo Civil. Y por ultimo en el Capitulo Quinto, mostramos la jurisprudencia nacional Mediante el Cual se ha Resuelto los Litigios Referentes a Los Actos de comercio. En Este Caso sí Muestra La Sentencia del Tribunal Constitucional en los Casos Que Trata Sobre la continuacin o cese de la Actividad Comercial por DIVERSOS: motivos. COMERCIO Y COMERCIANTES El Comercio, Entendido en el SENTIDO Amplio de Actividad econmica e interposicin Entre El que offers Y DEMANDA El que para Realizar o facilitar la realizacin del Cambio, generalmente obtenindose lucro ONU. Como Queda Claro que El Comercio Es Una Actividad o conjuntos de Actividades, Que Tienen Como Objetivo. Lo anteriormente escrito Que Aparentemente Parece reducirse A una sencilla operacin no lo es en el fondo Puesto que. Llegar Para un entendre Lo Que Es El comercio DEBEMOS forzosamente detenernos · analizar el Concepto de Cambio, Quienes Cambian, Y Que Es Lo Que Cambian. En ESE SENTIDO Podemos Empezar Sosteniendo Que la distincin Entre Productores y Consumidores ES Solamente didctica, pues, en La Realidad Todos Somos, directa o indirectamente, Productores y, a la Vez, Consumidores. Como Llegamos a sostener Que El Cambio es El Hecho por el cual sea Cada Individuo consigue los bienes, productos Que No entregando productos Los Que si. Sobre el Cambio Se Dice Que adems. Si nos Preguntan Ahora Cuales hijo Las Causas y Motivos of this fenmeno, La Respuesta necesariamente se da en dos aspects, ESTOS hijo: A-) La Divisin sociales del Trabajo, por la cual sea Cada hombre producen Un bien o servicio diferente de los de producir los dems. B-) La Multiplicidad de Necesidades Personales, es factible de, Que TODO TIENE UNA hombre solo Necesidad Que satisfacer, muchsimas chino, Que requieren de bienes Diversos Que no producen Totalmente el Individuo. 2. APARICION Y DESARROLLO DEL COMERCIO Cuando El hombre, en su Desarrollo Como especie Abandona la vida errante nmada y empieza el gran paso al sedentarismo, LUEGO a la conformacin de Sociedades Cada Vez Que se hallaban mejor ORGANIZADAS Y Estructuradas como de Como a la distincin en Grupos Familiares. En Esta Misma proporcin Aparece párr El Hombre Nuevas Necesidades Que por si solas, Aislado de Otros Grupos no podra satisfacer, Y Que Cada Vez sí HACAN ms intensas ms Y Importantes de satisfacer. Estas Necesidades ya no solo de las Eran bsicas de alimentacin Que Sino el Ser Humano buscaba algo ms Que simplemente Sobrevivir. Aparece of this Manera La forma primaria del trueque, Que No TIENE UNA funcin de mediacin, ms entre China busque de Intercambio de bienes, por UNOS Otros. A travs de los Desarrollos El Hombre Logra una organizadora ms Efectivamente las sociedades y Los pueblos. Of this Manera pueden ampliar SUS Mercados para los Productos intermedios y los finales de los Hebreos, indios, fenicios, chinos, etc. pueblos que mas se distinguieron en El Comercio, perfeccionaron su Sistema de Transporte Terrestre y Marítimo párr Llegar Cada Vez Mas Lejos con SUS mercancas Y CONSIGO Traer Nuevos Productos desconocidos en la regin de origen, los Productores se preocupaban de Mejorar la Calidad de Sus articulo y los Consumidores, de ENCONTRAR Nuevos Medios de Adquirir Productos indispensables para la subsistencia humana. En la Medida Que se Incremento el Intercambio de Productos, El Hombre Que Tuvo una recurrir Nuevas formas para Realizar Realizar párr El Comercio. . Es como Que Podemos ver en la Actualidad La Forma En La Que continan Aun ESTOS Procesos de Cambio en las Diversas Actividades relacionadas con otros Actividad Comercial y las Distorsiones Que Sufre contínuamente. Como VEMOS, por Ejemplo, Como Es Que El Internet ha transformado Completamente los Conceptos de Mercado y de Otros Conceptos estrechamente Relacionados Con Este. Y no solo de DEBEMOS Reducir SUS Transformaciones un Cambios tecnolgicos, sino analizarlos situndonos en el contexto histrico y poltico Que INTERFIERE decididamente en El Comercio ONU example Claro hijo de ESTO el Desarrollo de las doctrinas econmicas Que empiezan desde el fisiocratismo, mercantilismo. etc. 3. CLASIFICACION DEL COMERCIO La Actividad comercial se clasifica en base de un criteria DIVERSOS, Entre los ms Importantes TENEMOS: 1.- Por las Personas Que intervienen: El Comercio Puede Ser Pblico O PRIVADO, segn Si Se Realiza Bajo el control de tempe Vigilancia directa o indirecta del Estado o Si Se Realiza y efecta entre particulares, hijo Que los nicos Interesados ​​en sus Operaciones y prescindencia de DICHO oficial de control. Pero Esto No SIGNIFICA Que no hay Haya ONU Inters Pblico en El Comercio Privado ya Que El estado PUEDE Y Dębe intervenir para velar Porque Esto No atente contra Los intereses de la Sociedad. 2.- Por los Medios de Comunicacin o de transporte: Los Diferentes Medios Que Emplea el comerciante para facilitar el transporte de Productos Dentro y Fuera del pas pueden Ser el fluvial, el TERRESTRE, el Marítimo y el AEREO. 3.- Por el volumen o Importancia de las Relaciones mercantiles: El Comercio PUEDE realizarse AL POR MAYOR Y AL POR MENOR, el comerciante se abastece en Cantidades mayores en el sector de la produccin para Distribuir los Consumidores en un pequeas Cantidades. 4.- Por el objeto: Cuando Se Entrega o recibe las Naciones Unidas o bien o servicio recibe Un bien, los medios de comunicación el dinero. Este Puede Ser al contado, es factible de Que Al Momento de: entregar el bien se recibe dinero INMEDIATAMENTE En Efectivo o tambin Puede Ser un crdito. CUANDO Al Momento de: entregar el bien no se recibe dinero En Efectivo Sino Una letra de Cambio, pagare la ONU. etc. 5.- De Acuerdo a la observantia o ninguna de las Leyes El Comercio Puede Ser lícito o ilícito. 6.- Segn la procedencia de las mercaderas pueden SER de importacin O EXPORTACIN si entran o salen del Territorio Nacional. 7.-Segn la LPL en La que se Desarrolla Puede Ser de guerra o de paz 8.- El Comercio Puede Ser libre o de monopolio segn la Cantidad de ofertantes en El Mercado. 9.- Comercio por cuanta Propia, Cuando Los Comerciantes hijo los propietarios de los Productos Que Venden, por haberlos acquired para tal fin. 4. EL COMERCIANTE Al tema RESPECTO of this, Ulises Montoya, Diferencia dos Conceptos de quien es comerciante En Realidad de la ONU. Desde el Punto de Vista econmico, es comerciante quien Hace de la Actividad Comercial Una profesin, mar busque Porque Dirige Directamente ONU Establecimiento mercantil, o Porque presta Servicios de Como factor de empleado de la ONU comerciante individual, de Como apoderado, directo ó Gerente De Una Sociedad Mercantil. Jurdicamente el Concepto de Comerciantes es restringido ms. Solo se reputa comerciante quien un acta para si y no párr Otros en Actividad Mercantil, adquiriendo los Derechos y las Obligaciones asumiendo Que de ella DERIVAN. Nuestro Aun Vigente Cdigo de Comercio de 1902 Precisa la condicin de los Comerciantes en estos trminos: Art. 1. - Son Comerciantes, para los Efectos of this cdigo: 1.- Los que teniendo incapaz para ejercer legal El Comercio, se dedican habitualmente a l. 2.- Las compaas mercantiles o industriales Que se constituyen con un Arreglo Este cdigo. Un Decir de Bollafio:. Este Concepto A Pesar de Sus obvias Limitaciones Sigue Siendo valido y aceptable. ACTUALMENTE SE de han introducido innovaciones terminologicas, en Los que se Emplea ya en forma Equivalente las Expresiones: Comerciantes, empresario, empresario, empresario mercantil individuo y empresario mercantil individual. Y sí ADEMS Estima Que cuentos Expresiones contienen tambin al empresario industriales (GARRIGUES). Existe tambin Una tendencia f doctrinal Que Niega la Naturaleza o condicin Mercantil del pequeo empresario, bao la explicacin de Que (BROSETA). Entre Ambas Posiciones Que Hay · intentar Configurar valido Concepto de la ONU, a la Vez doctrinal y legal, segn Nuestro Derecho positivo. Langle Nos Recuerda Que comerciante es El que comercia y comerciar es, segn la definicin de la real academia de lengua espaola, Negociar Comprando o Vendiendo o permutando gneros. Pero en El Derecho Comercial No Nos Sirve this definicin Por Ser Demasiada Estrecha y sin Contemplar Ciertos Requisitos Legales, imprescindibles para Completar el Concepto. Existe otra definicin dada por el profesor Uría:. A Pesar De Que Nuestro Cdigo de Comercio de 1902 menciona en su articulo imprimación Que la Calidad de comerciante no sirve por si solo para delimitar el Concepto, ni Aun en el SENTIDO Y Puramente legal no doctrinales, Porque Como vaciones Garrigues. . Tambin Observa, Ulises Montoya, Que la definicin es Insuficiente,. Los mandatarios o Representantes legales de Quienes ejercen El Comercio ningún hijo, pues, Comerciantes, resultando of this Modo Que El Cdigo un omitido para contactar, con nota configurativa de la Calidad de Comerciantes, Que El Ejercicio de comercio marítimo en nombre propio. 4.1.1 TENER CAPACIDAD PARA EJERCER EL COMERCIO: Nuestro Cdigo de Comercio de 1902 menciona En sus artculos 3, 9 y 5, lo siguiente: Art. 3.-Existira la presuncin legal del Ejercicio habitual del comercio Desde Que la Persona que se proponga ejercerlo anunciare por circulares, peridicos, carteles, rtulos expuestos al publico de OTRO MODO Cualquiera, ONU Establecimiento Que del tenga por interpuesto Alguna operacin mercantil. Art. 4.- Pueden ejercer El Comercio Mayores de 21 aos Y Los Menores de Edad legalmente emancipados, Que Tengan La Libre disposicin de los bienes. . La Ser incapaz para el comerciante se atribuye sin distincin de sexo, Tal Como Ocurre En La Capacidad civil. TAMPOCO Existe distincin Entre Nacionales y Extranjeros, pues segn la Constitucin en el prrafo imprimación del articulo 63: con la excepcin de Que Dentro De Cincuenta kilmetros de las fronteras, los Extranjeros no pueden poseer v Adquirir ni por titulo Alguno. Minas, Bosques, Tierras, de Aguas, combustibles, ni fuentes de energa, directa ni indirectamente. individually ni en sociedad. bajo pena de perder, en beneficio del Estado, El Derecho como acquired. Se Excepta El caso de Necesidad publica expresamente declarado por el Decreto Supremo Aprobado por el Consejo de Ministros del conforme a ley. 4.1.2. REALIZAR LOS ACTOS DE COMERCIO En Nombre PROPIO.- pues of this MoDo EL COMERCIANTE SE Vincula estafadores las Personas Ç en las Cuales contrata. Como, por Ejemplo, una persona PUEDE Tener un Establecimiento abierto al Pblico en nombre propio Pero ejercer el comercio por cuenta ajena, Y Como es Natural las Personas Ç en las Cuales contrata Tienen semiproductos en Hacer responsable de las Obligaciones contradas al Dueo del Establecimiento. Por eso la doctrina moderna, como Como los muchas legislaciones Exigen Que El comerciante practique realizada en nombre propio los Actos de comercio, pues de lo contrario se volveran inciertas las Relaciones mercantiles, ya Que habra Que Estar Investigando En Cada Caso quien es por El que Dębe respondedor Las Obligaciones contradas. Para Adquirir la Calidad de comerciante, es indiferente Que El comercio se ejerza personalmente o por medio de mandatario de la ONU, Lo que sé Requiere Es Que se utilice el nombre de la Persona que lo ejerce y ste en su propio nombre Asuma las Obligaciones y Derechos Que DERIVAN del comercio Que ejerce Frente a Los Terceros con Quienes contrate. . 4.1.3 REALIZAR LOS ACTOS DE COMERCIO HABITUALMENTE: Es Decir, ESTOS Actos Deben practicarse Como una profesin, Como un medio de vida, Como fuente Recursos Aunque No Sea La directora ni la nica. Por EJEMPLO, UN Individuo PUEDE Pagar SUS jornales en cheque al banco, Pero ESE Sujeto por la sola realizacin de organismos de normalización europeos Actos sin Adquiere la Calidad de comerciante, por Que no los Realiza Como Un Medio de Vida para Sino Obligaciones Cumplir SUS. En Cambio ONU banquero Que EMITE cheques y letras descuenta, Como ESA canjear su profesin, SI ES UN comerciante en el SENTIDO jurdico de la palabra. La habitualidad Es La Cualidad o condicin Que ASUME sociales El que Realiza Actos de comercio en nombre propio, una aleta de manifestar la intencin Que Tiene de Buscar en la ejecucin de las Naciones Unidas DICHO acto permanente provecho. La Calidad de comerciante no se desprende, pues, de la sencilla PRACTICA ocasional de actos mercantiles. Es Necesario Que esta prctica profesional mar, Que la intencin de CONSEGUIR UN beneficio se desprenda del Ejercicio Continuado de actos de comercio, Que El comerciante emplee sistemticamente su activity, o la de Sus Representantes, En Una serie Contina de Negocios. Ya Baldao afirmaba que. Nuestro cdigo de comercio se Remite A una presuncin para determinar S. La habitualidad en Art Do. 3 prescribe: 4.1.4 EL PROPOSITO DE LUCRO Obtener: Los Comerciantes al Realizar los Actos de comercio Deben Tener el propsito de la ONU Obtener lucro. No Es Necesario Que la ganancia Realmente sí Obtenga, basta simplemente Que Exista in mente. En funcin de Estas Cualidades Podemos Decir Que comerciante Es La Persona que practica habitualmente Actos de comercio Entre El que offers y El Que DEMANDA, Con El Fin de lucro, ganancia o beneficio. Como los Actos de comercio se juzgan con criterio objetivo m, El Comercio Puede Ser ejercitado-Person any, Pero la practica ocasional de actos de comercio no se otorga la Calidad de comerciante de quien lo REALIZA 4.2 CLASES DE COMERCIANTE De Acuerdo con Lo establecido por el Art . 1 del Cdigo de Comercio de Podemos Decir Que los Comerciantes pueden SER de dos clases. A.-) COMERCIANTES SINGULARES: Son las Personas Individuales o fsicas Que teniendo incapaz para el legal Contratar Realizan habitualmente Actos de comercio. B.-) COMERCIANTES COLECTIVOS. Son las sociedades o compaas de comercio. El estado de Como Tiene aleta primordial satisfacer las exigencias pblicas, salvando las DEFICIENCIAS de las Instituciones sociales, PUEDE Pero, en ALGUNAS Ocasiones ejercitar Actos de comercio. El estado acta de Como comerciante al ejercitar CUANDO SE PROPONE El Comercio de Como aleta Inmediato Obtener ONU lucro Como CUANDO ADMINISTRA ONU ferrocarril rentas para Obtener, o Cuando Se reserva la explotacin de ciertas industrias o Productos Como la sal, el guano, Cigarrillos. Lo Mismo PUEDE decirse de las Corporaciones de Como La Beneficencia Publica, Que Realiza con el ramo de las loteras acto de comercio. Al RESPECTO Ulises Montoya ESCRIBE:.Esta Diferencia de criterio es fcilmente explicables. Como sabemos El Comercio engendra Relaciones de carcter jurdico Estrictamente, Que caen todas, DENTRO DEL Campo de las Obligaciones o de los Contratos. Segn las legislaciones, hijo Diferentes Los Conceptos Que un Primero about Lo que sé Entiende por comerciante, Pero ESTOS SE matices Vern mas adelante En un aparte capitulo. EL ACTO DE COMERCIO La definicin del acto de comercio no es unitaria, Puesto Que los Juristas Que han del Tratado Este tema, Toman Como Punto de Partida Criterios para elaborar Diferentes Concepto de la ONU. MS Lo ADECUADO ES citar las definiciones mas significativas para Tener idea Una mejor col RESPECTO Segn Martínez Val, los Actos de comercio hijo Aquellos Hechos Que Producen efecto en el à mbito jurdico mercantil, comprendindose Tanto Los Que dependen de la Voluntad de los Hombres (Actos Propiamente Dichos), Como tambin Aquellos acontecimientos Independientes de la Voluntad Humana Que Tienen Realidad: en el mundo exterior, Pero Que de alguna manera ProduCen cuentos Efectos (naufragio de la ONU). Autores Como Avils, despojan al Concepto de acto de comercio of this ltima caracterstica, definindolos Como. Para Sergio Le Pera, acto de comercio es aqul al Cual se le imputa las Siguientes caractersticas: Que el juzgamiento del acto Corresponda a Los tribunales de comercio. Que Someta A Quien lo habitual o profesionalmente Realiza un rgimen especial de la ONU, denominado. Que el acto est Regulado totales o parcialmente Por una ley Distinta de la comn. Jean Escarrá dados Que acto de comercio es el Realizado Por una Empresa. Pedro Flores Polo lo definen Como el acto jurdico Que origina o PROMUEVE La aplicacin de las Leyes Comerciales y se caracterizó por la concurrencia de notas peculiares Como la intermediacin Entre Productores y Consumidores. Finalmente, Carlos López Rodríguez considera Como acto de comercio, A Todo acto de intermediacin Entre la produccin y el Consumo de mercaderas. 2. EVOLUCIN DEL COMERCIO 2.1 Edad Antigua y Media: Despus de la Cada del Imperio Romano, las Invasiones brbaras, la aparicin del feudalismo El Comercio terrestre casi se extingue Dando paso al comercio Marítimo, caracterizado por su alcalde Seguridad, Comodidad y Rapidez (el comercio terrestre se See afectado por los asaltantes y por los tributos Que se recolectaban Cada Vez Que Una carreta pasaba por las tierras de la ONU seor feudal). This situacin se vio favorecida por las Cruzadas, Que causaron La Venta del patrimonio de los seores feudales Para Que stos fueran una pelear, Lo Que produjó una Vez Do el Crecimiento de los Comerciantes Libres. 2.1.1 Compilaciones Legales: Leyes de Wisbuy: Adoptada por los paSES escandinavos, ya Que En La Localidad de Wisbuy (Situada en la isla de Gotland) Alemanes comerciaban, Suecos, Franceses, etc es factible de época Un Punto estratgico En Donde se realizaban TRANSACCIONES Comerciales, Que se regan por los usos y costumbres de ESE Lugar, ms Qué tarde were compilados en las leyes de Llamadas Wisbuy del siglo XV. Ordenanzas Martimas de la Hansa Teutnica: Su Objeto FUE EL de proteger a las Ciudades Alemanas Del Norte de los Piratas. Los Comerciantes se asociaron para Tener tutela legal. Dichas ordenanzas tuvieron carcter consuetudinario. En el Derecho Comercial medieval, SE Encuentra la idea de Que Todos Los Actos de carcter especulativo Deben caer bajo la jurisdiccin Comercial y el Derecho Comercial, Con prescindencia de la Calidad de comerciante de los Participantes. Se Citan, from this Punto de Vista, los Estatutos de Piacenza de 1340 y los de Miln de 1350 2.1.2 Origen del Acto de Comercio: El origen del acto de comercio SE Encuentra en las Primeras Actividades Humanas. En el Tiempo De Las Corporaciones, nicamente se consideraba Como Actos de comercio a Los Que Realizan los Comerciantes inscritos en las Comunidades (Antecedentes del Sistema subjetivo) como lo consigna la Ordenanza de 1673. Las Controversias surgidas Entre los Comerciantes se resolvan en los Tribunales Consulares . Como acto jurdico lcito nace con la Autónoma del Derecho Mercantil 2.2 Edad Moderna: Se produjeron Avances Gracias a la Cada de Constantinopla y al Descubrimiento de Amrica, Como el surgimiento de la navegacin de altura o Travesa, por la invencin de la brújula, la aparicin de Tribunales Especiales, en los Cuales se desarrollaban juicios. Estós Tribunales dirigidos POR Comerciantes ERAN. 2.2.1 Compilaciones Legales: Ordenanzas de Comercio (1673) o Cdigo Savary, en homenaje al autor de la obra. (1675), Que es influy Dicha ordenanza. Fue redactado Por una Comisin de Magistrados Y Comerciantes, Que aceptaron de Tanto los usos y configuraciones regionales, como de Como Otros paSES. Ordenanzas de Marina (1681): Por una Redactadas Comisin Formada por Exclusivamente Comerciantes Expertos en los usos Propios y en El Comercio Marítimo. SE francos les conoce con el nombre de Ordenanzas de Colbert y sirvieron de base de al Cdigo de Comercio de 1807. 2.2.2 Hermandades de Comerciantes: Tuvieron su origen en la Edad Media. Se encargaban del Desarrollo del comercio y de su libertad, como Como, a Consolidar El derecho de los Comerciantes gravmenes para cobrar. 2.2.3 Institucin consular. Cnsul es aqul Funcionario Que es una Ser o Llega privativo de comercio. Los Comerciantes de Ciudades del Asia Menor, Venecia, se asentaron en Egipto, Estableciendo factoras exoneradas Impuestos, azulejos ERAN de Puesto Que. Tambin disponan de cuarteles Donde residan los Comerciantes Extranjeros, los Cuales usaban las costumbres de Sus Propias Regiones, de ah es la era indispensable Que Que alguien conociera ESOs usos y los aplicara, Ste Es El Origen de los cnsules. El cnsul deba conocer de los Sistemas Vigentes jurdicos de la LPL, lo cual sea presentaba Problemas Porque las Leyes Eran territoriales y tena Cada Estado la potestad de querer APLICAR o sin la ley extranjera. A multas del Siglo XII, Aparece La Teora de los Estatutos, Que posibilita la Divisin de la ley: Relativa a la Capacidad de las Personas y un su estado civil (Estatuto personal) Relativa a los bienes (Estatuto Real). El Primero es extraterritorial y El Segundo territorial. Finalmente, Se Puede Decir Que Lo ms destacado Que se produjó, fuerón el surgimiento de doctrinas econmicas Como la del mercantilismo, Que Domin en Europa Durante Todo el siglo XVI y parte del XVII, Pero Que FUE decayendo un su Vez Por la aparicin de polticas Diferentes econmicas, Como la fisiocracia y en especial, el liberalismo, Que tendan un Dejar de lado la Antigua reglamentacin, Porque de Tanto las Ideas de los filsofos de la ilustracin, Como la Revolucin Industrial, haban Marcado un futuro nuevo y avanzado ms. Pero MIENTRAS ESTO suceda en Francia e Inglaterra, En español Durante el siglo XVIII, se trat de dar impulso al Un Nuevo mercantilismo, revitalizando las Relaciones Mercantiles CON SUS colonias, Como El Prohibir las Importaciones Competitivas. A Este conjunto de Medios para Mejorar su economa, se les conoce Como. 2.3 Edad Contempornea: Se caracterizó por la regulacin del hecha por parte del Estado Hacia el comerciante, Mediante Leyes e Instituciones apropiadas (a Diferencia de la Edad Media), Porque el comercio era visto desde los antes Mucho Como para un negocio nacional. Otro rasgo Importante, Es Que El Comercio exterior era Realizado por compaas, Puesto Que aqul era difcil y costoso para los Comerciantes Individuales. 2.3.1 Francos El Cdigo de Comercio (1807): Tiene La Importancia de Ser El Primero Que Agrup Las reglas del Comercio Marítimo y Terrestre El Comercio en Un Solo Cuerpo Sistema jurídico Que Han Seguido La Mayora de los Cdigos de Comercio Contemporneos. Se redacte Sobre las bases de la Ordenanza de Comercio de 1673, Que constituyen Los Primeros Antecedentes de los Actos de comercio y absolutos: objetivos, por la razn formales de su definicin cuentos de Como legales. En Realidad Lo que sé haca era TRATAR Como, a las Personas Que aqullas Sin Ser COMERCIANTES POR profesionalidad o habitualidad, intervenan baño cuentos de Actos. Despus de la promulgacin del Cdigo de 1807, la mayor parte de los paSES, una excepcin de Inglaterra, Estados Unidos y Suecia, siguieron La Corriente del Cdigo francos, por Lo Que adolecen del Defecto de capital de su legislacin comercial, en el Muchos Casos, sin Concuerda con SUS situacin real. 1. El Cdigo de Napolen da un conocer nuevas Instituciones Que aparecieron con la Revolucin Industrial, Como bancos, almacenes generales de depsito, bolsa de valores, cheques, etc. Tambin se modificaron Contratos ya Conocidos Como la prenda mercantil, cuenta corriente, etc. 2. Es El Primer Cuerpo legal Donde Aparece la expresin. El Sistema Que Acoge Este cdigo en relacin al acto especulativo, es de carcter objetivo m, Poniendo de aliviar, en concreto, la compraventa con multas de especulacin y La Letra de Cambio, Pero Agrega, tambin, ciertas Empresas Que presuponen Una Actividad COMPLEJA de definicin discutida, Pero de Todos Modos, de carcter profesional. In razn del Nuevo Principio de la Libertad de Comercio (à partir de 1791), el Cdigo sin Exige la Calidad de Miembro De Una Corporacin, y, desde Otro Punto de Vista, Por no hay reglas Incluir generales relativas a los Actos de comercio, sin Tiene Que acentuar El problema Acerca del carcter unilateral o bilateral de Los Mismos. 3. doctrinas QUE RECURREN A CONCEPTOS econmicos La doctrina tradicional Sostiene Que El acto de comercio Es Un Concepto jurdico Que difamar econmico fenmeno de la ONU. En consecuencia f, El Concepto Dębe extraerse de las enseanzas de la economa. Desde el Punto de Vista econmico, se Sostiene, en general, los Que El Comercio es la rama de la produccin econmica Que Aumenta la utilidad f de los bienes o su valor, aproximando oferta y demanda f, intermediando Entre Productores y Consumidores. De Manera Que, la Actividad Mercantil, se distingué de otras actividades Conexas A Ella. Se distingué de la produccin y del Consumo: Los Dos Extremos del ciclo econmico. Se distingué de la transformacin (fabricacin) Que No implicaciones, necesariamente, intermediacin en el Cambio de bienes. Se distingué del Transporte, Que TAMPOCO Supone Dicha intermediacin. 3.1 Variaciones Dentro de la primera Concepción doctrinaria: Hay discrepancias en Cuanto al Concepto econmico de comercio. Como frente a Quienes sostienen Que slo es la intermediacin comercio Entre Productores y Consumidores, Hay Que Otros, En Una postura ms restringida, Dicen Que El comercio es la intermediacin Realizada De Una Manera profesional. Otra posicin doctrinaria con criterio ms Amplio, de Agrega al Concepto de comercio algunos adj Actos de carcter auxiliar Como el corretaje, la Comisin, el depsito, Discutiendo la inclusin del Transporte. En fin, de Agrega Alguna doctrina el transporte, no concibiendo comercio pecado transporte. En Una variante de los Criterios expuestos precedentemente, Thaller Sostiene Que El Derecho Comercial Es El Que regula la circulacin (Teora de la Circulacin). Para el autor, TODO acto Que se interponga en la circulacin es acto de Comercio y de Todos aqullos Que se encuentran Fuera de ESE rubro, hijo Actos civiles. Álvarez del Manzano PROPONE La Teora del Lucro, segn la cual sea los Actos de comercio se encuentran influenciados por el Espritu de lucro, el pecado Tener en Cuenta si Realizan o facilitan la realizacin del Cambio. Sus fundamentos hijo de carcter histrico, ya Que Toma Como Referencia a Las Siete Partidas, Donde ENCUENTRA Dicha definicin. La Ley VII, dados Partida V:. Es criticada this ltima, Porque el lucro no es exclusivo del comercio, sino tambin del acto civil. 3.2 Crticas un teoras econmicas: Las Concepciones econmicas de han Sido criticadas Porque, segn se vio precedentemente, el Concepto jurdico de comercio no se ajusta al econmico. Rocco Sostiene Que en ningn Momento de la evolucin del Derecho Mercantil ha coincidido el Concepto econmico del comercio con el Concepto jurdico. La Ley ha incluido Entre los Actos de Comercio a la Empresa de fabricacin y de Transporte y un ttulos los Valores Que No responden al Estrictamente Concepto de intermediacin Desde el Punto de Vista econmico. 4. DOCTRINA QUE RECURRE AL CONCEPTO DE INTERPOSICIN ES EL CAMBIO Rocco Hizo Lo que sé ha calificado Como el mximo Esfuerzo párr Llegar a la ONU Concepto unitario del acto mercantil. Su Concepto parte del anlisis de los Actos reputados mercantiles Por El Cdigo de Comercio italiano de 1882 (Que Eran 24) y busc las Normas Comunes de Todos Ellos párrafo Construir Una definicin del acto de comercio proveniente Estrictamente del texto legal. Rocco definir al acto de comercio Como TODO acto Que Realiza o Facilita la interposicin en el Cambio. 4.1 Actos de comercio por su naturaleza: Primero, obser Rocco Que EXISTEN Veinticuatro Actos de comercio en el Cdigo Y Que algunos adj Lo hijo por su naturaleza intrnseca y Otros Mín Por Su hijo conexina con Los Primeros. A los Actos de comercio por su naturaleza intrnseca los rene en 4 grupos: 4.1.1 Primer Grupo: En el PRIMER GRUPO, Rocco Coloca a la compraventa de mercaderas para revender la vivienda Rescatados y La compraventa de inmuebles con multas de especulacin mercantil. La compra de mercaderas párr revender reformas nos constituye UNA interposicin del entre Productores y Consumidores párr facilitar el Cambio de bienes. La Compraventa de Inmuebles estafadores Fines de especulacin Mercantil constituye, tambin, Una Actividad intermediadora en la circulacin de bienes. 4.1.2 Segundo grupo: En el Segundo grupo, Rocco INCLUYE A Las Operaciones de Banco. stas constituyen Una intermediacin en el crdito. El banquero se interpone en el Cambio de Dinero, Tomando dinero de UNOS para darlo una Otros, un crdito. 4.1.3 Tercer grupo: En el tercer grupo, Rocco includes a las Empresas. Observa Rocco Que en Todas las Empresas enumeradas en el Cdigo de Comercio Italiano Hay Un carcter comn: la utilizacin del Trabajo ajeno. EJEMPLO Por, la Empresa de Fbrica y argumenta Que su comercialidad no est en la compra para revender Puesto Que la materia prima PUEDE habrsela un dado tercero o PUEDE Haberla Producido El Mismo industrial Que TAMPOCO est en la produccin pues tambin el Fabrica artesano y no es considerado comerciante. Se PREGUNTA dnde est la comercialidad y se contesta: en el Empleo del Trabajo ajeno, o mar, en el Ejercicio De Una funcin intermediadora Entre los Trabajadores y el Pblico. 4.1.4 Cuarto grupo: En el cuarto grupo Rocco Coloca a los seguros, en los Cuales se obser ONU Cambio de Riesgos. En el Seguro, heno intermediacin en los Riesgos, pues el asegurador toma un su carga de los Riesgos Muchos Asegurados y les Promete Una indemnizacin especial a Uno de Cada Ellos. Los Seres Humanos estn Sujetos un Riesgos Que alcanzan unos SUS bienes y A las Personas SUS. Cada uno trasmite su Riesgo individuo al asegurador, pagndole Una prima de Pero al Pagar la prima se est Haciendo carga de parte de los Riesgos de los dems Asegurados Porque con Las Primas se forma ONU fondo comn para Atender los Riesgos de todos. segundo. segundo. El arte. Art. Art. . . Por. . . Argentina. . . . Lima. . Lima. . Barcelona. Argentina. Op. Cit. Pg. Pg. Barcelona. Pg. pag. pag. Argentina. Por. Argentina. Por. Cit. pag. pag. Cit. pag. pag. Cit. pag. pag. Cit. pag. pag. Cit. pag. pag. Cit. pag. Barcelona. Cit. pag. Cit. pag. Cit. pg. Cit. pag. pag. Cit. pag. pag. 2004




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